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25 de Abril de 2024

La Ciudad

Profepa clausura el Yucatán Polo Club por dañar vegetación forestal

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apo2MÉRIDA.– La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) clausuró y emplazó a procedimiento a la empresa responsable del Desarrollo Inmobiliario “Yucatán Polo Club”, ubicado en Komchem, Municipio de Mérida, por realizar acciones de cambio de uso de suelo en terrenos forestales, así como obras de dragado en cuerpo de agua nacional sin autorización en materia de impacto ambiental.

El Yucatán Polo Club, como se sabe, es propiedad del empresario Ralf Leszinki y se ubica cerca de Mérida, entrando por la vía Mérida-Progreso en la entrada a Tamanché.

En visita de inspección realizada por personal de la PROFEPA la última semana de julio, se confirmó la remoción total de vegetación forestal en una superficie de 130 mil 350 metros cuadrados.

Sobre la vegetación removida destacan ejemplares de bromelias y cactáceas, como la especie Pterocereus gaumeri, de distribución endémica en el estado de Yucatán, bajo la categoría de riesgo: en peligro de extinción, según la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010.

Asimismo, la empresa realizó obras de dragado en cuerpo de agua nacional, sin contar con la autorización correspondiente expedida por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT).

Por tal motivo, se dictó como medida de urgente aplicación la Clausura Total Temporal de las obras y actividades realizadas, misma que fue ratificada en el acuerdo de emplazamiento, para evitar que se continuara afectando a la flora y fauna en el ecosistema de selva baja caducifolia.

Cabe señalar que realizar actividades de cambio de uso de suelo sin contar con autorización de impacto ambiental, puede ser sancionado con multa por el equivalente de 30 a 50 mil unidades de medida vigentes y actualización, de acuerdo a lo establecido en el artículo 171 fracción I de la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente (LGEEPA).

Por su parte el Código Penal Federal en su artículo 418 establece una pena de 6 meses a 9 nueve años de prisión, al que ilícitamente desmonte o destruya la vegetación natural de un sitio; corte, arranque, derribe o tale árboles o cambie el uso del suelo forestal.

Este texto fue editado por el equipo de redacción de ProgresoHoy.com. Colabora con nosotros enviando reportes, quejas ciudadanas, o noticias a nuestras redes sociales, escribe a nuestro correo [email protected], o envía mensaje, fotos o vídeos a nuestro WhatsApp al número 9991-501547.

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