UN JUEZ FEDERAL NEGÓ LA SUSPENSIÓN DEFINITIVA DE LOS TRABAJOS DE CONSTRUCCIÓN , PUES LOS VECINOS INCONFORMES NO ACREDITARON NINGUNA AFECTACIÓN NI DAÑOS AL MEDIO / PENDIENTE LA RESOLUCIÓN DE OTROS AMPAROS INTERPUESTOS POR LOS VECINOS /
EL JUEZ DETERMINÓ QUE LOS BENEFICIOS DE LA OBRA SON MAYORES PARA LA MAYORÍA DE LOS HABITANTES DE PROGRESO / LA OBRA SE REALIZARÁ SOBRE UNA VIALIDAD QUE YA ESTÁ CONSTRUIDA, POR LO QUE NO HAY AFECTACIÓN AL MEDIO AMBIENTE, SEÑALÓ EL JUZGADOR.
MERIDA. – – Un Juez Federal determinó no suspender los trabajos de construcción del Viaducto Elevado de Progreso porque hacerlo traería mayores daños que beneficios a los habitantes de la zona, por lo que negó la suspensión definitiva en uno de los amparos promovidos en contra de la construcción de dicha obra, a fin de que pueda continuarse con la ejecución de la misma.
Esta determinación ocurre luego de que en marzo pasado, el Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Amparo también negara la suspensión provisional que requirieron algunas personas que se oponen a la construcción del viaducto elevado en la carretera Mérida-Progreso.
De esta manera, las obras continuarían su curso ya que los quejosos no pudieron acreditar en ambos casos daños irreversibles o al medio ambiente.
En esta ocasión, en el marco del juicio de amparo 365/2023-VII-B, promovido por algunos particulares, el impartidor de justicia determinó que para detener la construcción de la obra en lo que se resuelve el amparo, los quejosos tuvieron que haber acreditado que la ejecución de la misma les causaba daños irreversibles, lo cual no pudieron demostrar.
En esta negación de la suspensión definitiva se consideró que, lejos de provocar un daño al medio ambiente, el Viaducto Elevado de Progreso mejorará el tráfico vehicular al evitar que los camiones circulen dentro de la ciudad lo que redundará en beneficios para los progreseños.
También dejó claro que la Semernat, quién es la autoridad federal competente en materia ambiental, ha señalado que la ejecución de la obra es viable ya que no produce afectaciones debido a que se realizará sobre una calle ya construida.
Esta resolución judicial solo incluye uno de los amparos interpuestos por los vecinos de las calles 82, 84 y 86 y quedan pendientes otros tramitados por otros habitantes de la zona.