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20 de Abril de 2024

Ayuntamiento

Dos ex regidores de Progreso acusados de corrupción logran acuerdo reparatorio

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SE COMPROMETEN A NO SALIR DEL ESTADO, A REALIZAR “LABOR SOCIAL” POR SEIS MESES Y REPARAR EL DAÑO PARA QUEDAR LIBRES DE CUALQUIER ACCIÓN PENAL / NI EL ACTUAL AYUNTAMIENTO NI LA FISCALÍA SE OPUSIERON AL ACUERDO REPARATORIO / LOS OTROS NUEVE EX EDILES DE LA ADMINISTRACIÓN “TURQUESA” SIGUEN SU PROCESO PENAL, AUNQUE PODRÍAN OPTAR POR LA MISMA VÍA

PROGRESO.– La Unidad de Comunicación Social y Protocolo del Poder Judicial del Estado de Yucatán informó ayer que en audiencia celebrada en el Centro de Justicia Oral de Progreso, la jueza tercero de control del primer distrito judicial con sede en esta ciudad, Diana Yadira Garrido Colonia, aprobó una suspensión condicional del proceso que se sigue a dos ex regidores del Ayuntamiento de Progreso que habían sido imputados por el delito de cohecho.

Esta suspensión se otorgó solamente a dos ex regidores (no se proporcionaron los nombres), debido a que ni el Ayuntamiento de Progreso, ni la Fiscalía se opusieron a esta medida denominada Suspensión Condicional. Los otros 9 ex regidores aún continúan con el proceso.

De esta forma, los dos imputados se comprometieron a residir en un domicilio determinado, prestar servicio social e iniciar un plan de reparación de daño, así como someterse a la vigilancia del Centro Estatal de Supervisión de Medidas Cautelares y Suspensión Condicional del Proceso. Si los imputados cumplen con estas condiciones durante seis meses se dará la extinción de la acción penal y el sobreseimiento del proceso.

(Cabe señalar que este comunicado oficial no señala expresamente quiénes son los dos imputados que solicitaron este recurso, aunque trascendió que se trataría del ex alcalde Pepechabel Cortés y la ex regidora Peniche, tía de una regidora del actual Ayuntamiento, quienes habrían logrado este acuerdo reparatorio. Trascendió que ambos contrataron al mismo abogado).

Al respecto, el comunicado del Poder Judicial indica que de acuerdo con el Código Nacional de Procedimientos Penales, la Suspensión Condicional del Proceso Penal debe entenderse como el planteamiento formulado por el Ministerio Público o el imputado, en el cual éste se somete a una o varias condiciones.

Este mismo ordenamiento establece que la Suspensión Condicional del Proceso procederá siempre y cuando el auto de vinculación a proceso del imputado se haya dictado por un delito cuya media aritmética de la pena de prisión no exceda de cinco años; que no exista oposición fundada de la víctima u ofendido y que no hayan transcurrido dos años desde el cumplimiento o cinco años desde el incumplimiento de este.

En la audiencia, los dos imputados que solicitaron este recurso, se comprometieron a residir en un domicilio determinado, prestar servicio social y un plan de reparación de daño en beneficio de instituciones del Estado, así como someterse a la vigilancia del Centro Estatal de Supervisión de Medidas Cautelares y Suspensión Condicional del Proceso. Si los imputados cumplen con estas condiciones durante seis meses se dará la extinción de la acción penal y el sobreseimiento del proceso.

En este caso no hubo oposición fundada de la víctima ni de la Fiscalía para la celebración de la Suspensión Condicional, por lo que la juzgadora procedió a aprobarla.

Los hechos imputados por la Fiscalía Estatal en este caso fueron los siguientes:

“Que derivado del proceso de entrega recepción entre las administraciones municipales saliente (2015-2018) y entrante (2018-2021) se obtuvo información respecto de diversas irregularidades en la celebración de un contrato con una empresa.

De dichas revisiones se estableció que el día 23 de diciembre de 2016, aproximadamente a las 23:00 horas, en sus entonces funciones como regidores integrantes del Cabildo de Progreso, estas personas se encontraban en la sala de cabildo de dicho municipio y cada uno de los hoy imputados recibió la cantidad de 110,000.00 M.N. en efectivo para la suscripción de un contrato para la prestación de un servicio de alumbrado público entre el ayuntamiento de Progreso y la citada empresa, misma autorización que hicieron constar con sus respectivas rúbricas en acta oficial de sesión del cabildo”. Lo anterior se demostró mediante pruebas de vídeo donde aparecían contando el dinero recibido.

Con esta resolución, el actual Ayuntamiento panista de Progreso sufre un primer revés en el proceso para proceder contra los 11 regidores de la administración 2015-2018 acusados de corrupción, pues al menos estos dos mencionados no pisarán la cárcel.

Este texto fue editado por el equipo de redacción de ProgresoHoy.com. Colabora con nosotros enviando reportes, quejas ciudadanas, o noticias a nuestras redes sociales, escribe a nuestro correo [email protected], o envía mensaje, fotos o vídeos a nuestro WhatsApp al número 9991-501547.

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