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20 de Abril de 2024

Ayuntamiento

El ex Contralor del Ayuntamiento de Progreso fue quien descubrió los negocios ilegales del Síndico-proveedor (II)

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Reportaje / ProgresoHoy.com (Parte II)

PROGRESO.– La Contraloría Municipal del Ayuntamiento de Progreso no solo detectó el caso del regidor de Servicios Públicos Alejandro Pool Vázquez quien vende materiales de construcción a la Comuna beneficiándose de su cargo violando la Ley, sino que también descubrió el caso del Síndico Municipal, Enrique Ordaz Martínez, quien según investigaciones realizadas por ese órgano de control, también hace negocios en el palacio municipal aprovechandose de su cargo público.
Lo peor del caso es que la figura del Síndico, es la encargada de vigilar por el buen manejo de los dineros del Ayuntamiento y es, por Ley, integrante de la Comisión de Patrimonio y Hacienda de la Comuna, por lo que resulta contradictorio que en este caso el funcionario sea también proveedor, violando la ley.
Fue precisamente el ex Contralor Municipal, Luis Emilio Herrera Salvador, quien fue removido de su cargo por hallar y reportar estas anomalías, quien se reunió con el Síndico Municipal en sus oficinas para indicarle que estaba actuando mal y que al ser proveedor del Ayuntamiento estaba violando la Ley.
(En el mismo caso incurre el regidor de Servicios Públicos, Alejandro Pool, según quien según documentos de la contraloría vende material de construcción al Ayuntamiento a través de su tienda de materiales “El Halcón”, como informamos en la primera parte de este reportaje).

NO LE IMPORTÓ…
Sin embargo, según se asienta en documentos que se encuentran archivos de la Contraloría Municipal, el mismo Síndico señaló que “no le importaba”, debido a que “soy proveedor del Ayuntamiento desde que estaba mi cuñado (el ex alcalde José Luis Blanco Pajón, quien está casado con la hermana del Síndico, la ex diputada federal Maricarmen Ordaz)”. Además, se detalla, indicó que la imprenta no es mía, pues está a nombre de mi ex esposa (Karla Nadal López). Aparentemente todo quedó en un apercibimiento por parte de la Contraloría, pero el funcionario sigue hasta la fecha haciendo negocios en el Ayuntamiento, según han confirmado varios empleados municipales.
(Como se sabe, el ex Coordinador del Rastro Municipal, Julián Pérez Solís, denunció que el Síndico Enrique Ordaz viola la Ley, debido a que se beneficia del Ayuntamiento a pesar de ser funcionario público, pues es proveedor de papelería, sellos e impresiones, servicios que ofrece a través de la Imprenta Nadal, de la que es socio junto con su ex esposa Karla Nadal.
(Según el ex titular del rastro, quien reveló los negocios turbios del Síndico, la Imprenta Nadal (o Nadal Impresores Grupo Gráfico) funge como proveedor de la Comuna y aunque está a nombre de la ex mujer del funcionario, el mismo Enrique Ordaz administra el negocio donde se le ve casi todos los días. Incluso, según Julián Pérez, el Síndico utiliza sus oficinas del palacio para la recepción y entrega de trabajos que se encargan a la imprenta). En otros casos, el Síndico municipal ha sido visto en horas de trabajo entregando trabajos a particulares. Cabe señalar que los regidores de oposición, han solicitado en repetidas ocasiones la revisión de las facturas de proveedores, pero según indican, no les han dado acceso para revisarlas, pues hay dudas de cuánto es lo que cobran los funcionarios-proveedores, e incluso si manejan precios inflados para sacar más ganancia. De hecho, tanto pagos a proveedores como pago de compensaciones, son informaciones que el Ayuntamiento ha ocultado, según regidores.

La imprenta Nadal, que es proveedor del Ayuntamiento y donde el Síndico es administrador´según investigaciones de la Contraloría Municipal

La imprenta Nadal, en la calle 82 en el Centro del puerto, que es proveedor del Ayuntamiento y donde el Síndico es administrador´según investigaciones de la Contraloría Municipal

FACTURAS DE OTRO PROVEEDOR…
Tras descubrir las anomalías, el ex Contralor Emilio Herrera Salvador, insistió con el Síndico Ordaz que dejara cuanto antes de ser proveedor del Ayuntamiento, pues las leyes son muy claras al respecto y aunque la imprenta no figura a su nombre, está violando la Ley.
En ese sentido, de acuerdo con documentos de la Contraloría, el Síndico Ordaz indicó que él seguiría siendo proveedor y que buscaría facturas de otro proveedor para “disfrazarlo”.
De acuerdo con la investigación realizada por la Contraloría Municipal antes de la salida de Herrera Salvador, la Imprenta Nadal -a través del Sindico- vende al Ayuntamiento impresión de boletos, sellos, lonas, viniles, reconocimientos, diplomas, impresión, boletos para rifas, talonarios, boletas de infracción para la policía y hasta invitaciones, entre otras cosas, por lo que se estima una importante facturación para ese negocio donde el mismo Ordaz es el administrador.

VIOLACIÓN A LA LEY…
De acuerdo con los expedientes que obran en la Contraloría Municipal, los funcionarios que están haciendo negocios con el Ayuntamiento, están violando la Ley de Gobierno de los Municipios del Estado de Yucatán y la Ley de Servidores Públicos, en el caso de los siguientes:

Artículo 24 (TÍTULO SEGUNDO, DEL GOBIERNO MUNICIPAL, CAPÍTULO I, Del Cabildo).- No podrán ocupar el cargo de Regidor o Síndico, quienes tengan:

I.- Interés directo o indirecto en los servicios, contratos o abastecimientos municipales;

Artículo 54 (CAPÍTULO II, De los Integrantes del Cabildo, Sección Primera, De la Generalidad).- El Presidente Municipal, el Síndico, el Secretario y los Regidores deberán cumplir con las obligaciones dispuestas en esta Ley; su contravención será causa de responsabilidad administrativa y penal, en su caso, por lo que serán sancionados de acuerdo al procedimiento previsto en esta Ley y la de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Yucatán.

Artículo 205 (TÍTULO SEXTO, DE LAS RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS).- Los servidores públicos actuarán con honestidad y no utilizarán su cargo o función pública, para obtener algún provecho o ventaja personal indebida, o en favor de terceros y deberán conducirse invariablemente, con apego a las normas jurídicas inherentes a la función que desempeñan. Garantizando el acceso de los particulares a la información gubernamental conforme a la Ley correspondiente.

Artículo 208.- Los servidores públicos de elección popular, tendrán las siguientes obligaciones:

XI.- Recibir las contraprestaciones que le correspondan, sin obtener beneficios adicionales; sean para él, su cónyuge, parientes consanguíneos o por afinidad hasta el cuarto grado; para terceros con los que tenga relaciones profesionales, laborales o de negocios; para socios o sociedades de las que el servidor público o las personas antes referidas formen o hayan formado parte.

Por su parte, la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Yucatán, señala:

Artículo 39 (TITULO TERCERO, RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS, CAPITULO I, Sujetos de Responsabilidad y Obligaciones del Servidor Publico).- Los servidores públicos tendrán las siguientes obligaciones para salvaguardar la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que deben observar en el desempeño de su empleo, cargo o comisión:

XIII.- Excusarse de intervenir en cualquier forma en la atención, tramitación o resolución de asuntos en los que tengan interés personal, familiar o de negocios, incluyendo aquellos de los que puede resultar algún beneficio para el servidor, su cónyuge o parientes consanguíneos hasta el cuarto grado, por afinidad o civiles, o para terceros con los que tengan relaciones profesionales, laborales o de negocios o para socios o sociedades de las que el servidor público o las personas antes mencionadas formen o hayan formado parte.  (CONTINUARÁ/ProgresoHoy.com)

 

Este texto fue editado por el equipo de redacción de ProgresoHoy.com. Colabora con nosotros enviando reportes, quejas ciudadanas, o noticias a nuestras redes sociales, escribe a nuestro correo [email protected], o envía mensaje, fotos o vídeos a nuestro WhatsApp al número 9991-501547.

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