PROGRESO.– A tan solo unas horas de haber convocado a los ciudadanos de Progreso a denunciar la presencia de vehículos abandonados en las calles del municipio y de recibir una avalancha de denuncias y quejas de ese tipo por parte de los habitantes, la Policía Municipal de Progreso dio marcha atrás en sus planes y prácticamente le pasó “la bolita” a la Dirección de Movilidad Urbana del Municipio para hacerse cargo del tema.
Así lo confirmó esta mañana personal de la Policía Municipal, dependencia que incluso ya borró la publicación realizada ayer por la tarde en la que pedía a los ciudadanos denunciar la presencia de vehículos abandonados.
AYER INFORMAMOS:
ProgresoLa Policía de Progreso retirará vehículos abandonados de las calles del municipio
Como se recordará, la Policía de Progreso en su página oficial DSPT Progreso 2024-2027, publicó ayer lo siguiente acompañado de una imagen ilustrativa:
“¿Sabías que está prohibido dejar vehículos deteriorados o inservibles estacionados en la vía pública por más de 72 horas?. Mantener nuestras calles despejadas y seguras en responsabilidad de todos. ✔️ Envíanos Dirección si ubicas alguno.
“LLUVIA” DE DENUNCIAS CIUDADANAS…
Tras la publicación, de la cual elaboramos una nota informativa, las denuncias no se hicieron esperar y decenas de habitantes comenzaron a denunciar diversas calles que se encuentran invadidas por vehículos abandonados de varios talleres mecánicos, o por particulares que tienen automóviles, lanchas y remolques mal estacionados en diversas partes de Progreso y comisarías.
Incluso la propia Policía de Progreso pidió a los ciudadanos reportar los vehículos abandonados al teléfono 96993 50026, de la corporación.
Los ciudadanos incluso pidieron a la Policía de Progreso tomar acciones no solo con los vehículos abandonados, sino también con las motos que ya invaden de forma descontrolada el Centro de Progreso, las cuales no cuentan con placas de circulación y que son manejadas por personas que no usan casco protector o que tienen sus motos con escapes abiertos generando mucho ruido.
MOVILIDAD SE ENCARGARÁ DEL TEMA…
Sin embargo, la Policía Municipal de Progreso que encabeza por segundo período consecutivo el oficial de la SSP, Omar Herrera Cocom, informó ésta misma mañana que ya no será de la manera que se informó. Hoy, personal de la corporación policíaca nos compartió una publicación, ahora de la cuenta oficial del Ayuntamiento de Progreso (ya no de la Policía) en la que se señala lo siguiente:
“¿Sabías que está prohibido dejar vehículos deteriorados o inservibles estacionados en la vía pública por más de 72 horas?
Así lo marca el reglamento de la dirección de Movilidad Urbana del municipio en su artículo 55
Conoce más de este reglamento o realiza tus reportes a la dirección de Movilidad Urbana ubicada en la calle 80 entre 39 y 41. El área jurídica te orientará y podrá enviar inspectores para notificar a la dueña o propietario del objeto o vehículo.
Mantener nuestras calles despejadas y seguras es responsabilidad de todos.”
La publicación, acompañada de la misma imagen difundida ayer por la Policía Municipal, no señala números telefónicos para realizar los reportes y pide a los ciudadanos acudir directamente en las oficinas de Movilidad Urbana ubicadas en la calle 80 entre 39 y 41. (no da mayores referencias)
Y aunque la publicación no lo detalla, el “Artículo 55” que indican se refiere realmente a la disposición del Reglamento de Movilidad Urbana del Municipio de Progreso que en su Capítulo II (ACTIVIDADES PROHIBIDAS EN LA VÍA PÚBLICA), Artículo 55 (Queda prohibido en las vías públicas lo siguiente:), Inciso VI que señala: Estacionar vehículos o remolques deteriorados, inservibles por más de 72 horas).
De forma evidente, la Policía de Progreso incurrió en algún error o falla de comunicación institucional que ahora los ha obligado a recular en las medidas que ya habían anunciado.
Sin embargo, es importante señalar que la Policía sí tiene injerencia en el caso de los vehículos abandonados, tal y como se indica en el Reglamento de Tránsito del Estado de Yucatán.
¿QUÉ DICE EL REGLAMENTO DE TRÁNSITO?…
Cabe mencionar que en el CAPÍTULO V (De las medidas cautelares o preventivas), SECCIÓN SEGUNDA (Del retiro del Vehículo de la Vía Pública. Retiro del Vehículo), en su Artículo 473, se señala lo siguiente:
Los agentes podrán retirar los vehículos de la Vía Pública, siempre que éstos constituyan peligro, causen graves problemas a la circulación de vehículos, peatones o al funcionamiento de algún servicio público o hayan indicios racionales de su abandono.
Para efectos de este Reglamento, se consideran indicios racionales de abandono de un Vehículo, cuando permanezca estacionado por un período superior a siete días en el mismo lugar y presente desperfectos que hagan imposible su desplazamiento por sus propios medios o le falten las placas de circulación o el abandono sea denunciado por algún ciudadano y se transcurran siete días y el Vehículo permanezca en el lugar.
En el supuesto contemplado en el párrafo anterior, y en aquellos vehículos que, aun teniendo signos de abandono, mantengan la placa de circulación o dispongan de cualquier signo o marca visible que permita la identificación de su propietario, se requerirá a éste para que en el plazo de cinco días retire el vehículo de la Vía Pública, con la advertencia de que, en caso contrario, se procederá a su retiro.
Los gastos que se originen con motivo del retiro del Vehículo de la Vía Pública, serán por cuenta del propietario del mismo, sin perjuicio del derecho de repetir contra el Conductor responsable que haya dado lugar a la medida cautelar. (ProgresoHoy.com)